Formación Profesional |
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La Formación Profesional de Régimen GeneralDentro del sistema educativo la LOGSE reserva a la Formación Profesional la finalidad de preparar a los alumnos para desarrollar una actividad laboral en el mercado de trabajo, proporcionándoles una formación polivalente, que les permita adaptarse con facilidad a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de su futura vida profesional. Dentro de la Formación Profesional de Régimen General, se consideran incluidas, tanto la Formación Profesional de Base como la Formación Profesional Específica. El principal objetivo que persiguen los nuevos estudios de Formación Profesional es proporcionar a los alumnos los conocimientos necesarios para el desarrollo de la actividad laboral propia de cada puesto de trabajo. Entre las innovaciones que aporta la nueva Formación Profesional, en relación con el antiguo modelo educativo de la Ley 70, se pueden destacar las siguientes características:
Enseñanzas de la Formación ProfesionalLa L.O.G.S.E. define en su Título I capítulo IV la configuración de la nueva ordenación académica de la Formación Profesional. Plantea una nueva estructura de la FP del sistema educativo y establece las enseñanzas de la Formación Profesional que incluye: La Formación Profesional de Base y La Formación Profesional Específica. La Formación Profesional de Base incluida en la Educación Secundaría Obligatoria y en el Bachillerato, está constituida por un conjunto de conocimientos técnicos generales vinculados a determinadas profesiones. Resulta necesaria para cursar adecuadamente una gran parte de la oferta de Formación Profesional. Es la formación que se imparte en la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.) y en el Bachillerato. La Formación Profesional Específica es el conjunto de conocimientos propios de los distintos Ciclos Formativos. Estos Ciclos se organizan en dos Grados, Medio y Superior, con estructura modular y duración variable, y sus contenidos se estudian en áreas de conocimiento técnico-prácticos para cada uno de los diferentes campos profesionales del sector.Esta formación tiene como objetivo el constituirse en "puente" que facilite el tránsito de los ciudadanos desde la escuela al mundo laboral. La Formación Profesional Específica cualifica a los alumnos para el desempeño de una profesión. Dentro de la estructura modular que caracteriza los Ciclos merece especial mención el de Formación en Centros de Trabajo (F.C.T.). Es el módulo al que se accede cuando se han superado todos los demás módulos teórico-prácticos que componen el ciclo. Esta formación supone una experiencia laboral real y, en ella, se podrán aplicar los conocimientos que se han adquirido en los centros educativos. Los contenidos, actividades y momentos en que se realizará este módulo, se concretan mediante convenios de colaboración entre los centros educativos y las empresas del sector. Las empresas colaboradoras (tanto públicas como privadas), que voluntariamente deciden suscribir dichos convenios, deben disponer de recursos técnicos y humanos necesarios para el correcto desarrollo de la formación. La
Formación profesional Específica:
Los
Ciclos Formativos
La Formación Profesional Específica está organizada en Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior, que se estructuran en módulos profesionales (asignaturas). El número de módulos de que consta cada ciclo formativo es variable y su duración oscila entre 1000 y 2000 horas, correspondiendo al módulo de la F.C.T. un número variable de horas. Dichos módulos profesionales constan de una serie de conocimientos teóricos y prácticos en función de las diversas actividades que se desarrollan en cada profesión. Los términos grado "Medio" o "Superior" no tienen relación directa con la clasificación profesional de los trabajadores, sino que responden a una organización de carácter académico, efectuada por el Ministerio de Educación Cultura y Deportes. Por tanto no deben considerarse como niveles profesionales para establecer las atribuciones y obligaciones de los futuros trabajadores, ya que éstas se fijan mediante el Convenio Colectivo Sectorial y la dinámica del mercado del trabajo.
El Acceso a los Ciclos Formativos. Según se define en la LOGSE (art. 31 y 32), para acceder a cada nivel educativo en que se ha dividido la Formación Profesional se requiere: Ciclos
de Grado Medio
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